Mexico .-El tema del nepotismo suele generar inquietud entre la ciudadanía cada vez que un funcionario de primer nivel asume un cargo y se descubre que entre los empleados de la dependencia existe un familiar suyo. Sin embargo, especialistas en derecho administrativo aclaran que este tipo de coincidencias no representan una falta por sí mismas y que, en muchos casos, ni siquiera constituyen actos indebidos. En México, la figura del nepotismo no está tipificada como delito.
Lo esencial —subrayan expertos— es distinguir entre favorecer activamente a un familiar y simplemente encontrarse con uno en la estructura institucional. Para que exista nepotismo debe demostrarse que el servidor público intervino en su contratación, ascenso, cambio de puesto o en decisiones que directa o indirectamente lo beneficien. Si no hay esa participación, no existe infracción legal ni ética.
Es en este contexto donde cobra relevancia una aclaración importante: En México, no necesariamente se considera nepotismo cuando un funcionario de primer nivel asume un cargo y dentro de su plantilla ya existe un familiar previamente contratado. En estos casos, la normatividad no sanciona la coincidencia laboral.
Las instituciones públicas suelen aplicar medidas preventivas para evitar cualquier conflicto de interés, como separar tareas, asignar a un supervisor distinto o establecer controles internos que garanticen la imparcialidad. Estas medidas permiten proteger tanto la integridad del funcionario como la confianza ciudadana en las instituciones.
En un contexto donde la transparencia y la rendición de cuentas son exigencias crecientes, comprender estas diferencias ayuda a evitar juicios apresurados y a promover un debate más informado. La presencia de familiares en una dependencia de gobierno no implica, por sí sola, una falta: lo que realmente importa es que las decisiones públicas se tomen con profesionalismo, ética y sin beneficios indebidos para ninguna persona.

